Hojas de reclamaciones
Todos los establecimientos están obligados a tener las hojas de reclamaciones.
Cumplimentar los datos personales de la persona reclamante y formular claramente el motivo de la reclamación y lo que reclama.
El empresario o prestador del servicio hará constar sus datos de identificación y también puede formular alegaciones.
¿Cómo se tramita la hoja de reclamaciones?
Cada una de las partes se queda una copia. El empresario obligatoriamente debe disponer de un registro, donde consten numeradas correlativamente las reclamaciones, junto con la respuesta que remita a la persona reclamante. El empresario debe responder al consumidor en el plazo de un mes.
Si la empresa no responde, o la respuesta no satisface a la persona reclamante, ésta presentará la hoja de reclamaciones en el Servicio Provincial del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia del Gobierno de Aragón.
La posibilidad de solicitar el arbitraje de consumo también está prevista en las hojas de reclamaciones, siempre que el conflicto verse sobre materia susceptible de arbitraje y la empresa esté adherida al Sistema Arbitral de Consumo o acepte expresamente esta posibilidad en el apartado que figura a tal efecto en las hojas de reclamaciones.
Ver guía en lectura fácil sobre las hojas de reclamaciones.
Tanto las denuncias como las hojas de reclamaciones propiamente dichas pueden ser dirigidas a los Servicios Provinciales de Presidencia, Economía y Justicia:
Servicio Provincial de Zaragoza: Plaza del Pilar nº3 Planta 1ª Código Postal 50.003 de Zaragoza.
Servicio Provincial de Huesca: Calle San Jorge, 65 Código Postal 22.003 de Huesca.
Servicio Provincial de Teruel: C/ San Francisco, 1 Código Postal 44.002 de Teruel.
Para presentar la solicitud de forma presencial se deberá pedir cita previa ante cualquier registro del Gobierno de Aragón. Cita previa.
Si dispone de certificado digital o electrónico también la puede presentar a través del Registro Electrónico General del Gobierno de Aragón. Registro Electrónico General.
También a través de cualquier oficina de correos dirigida al Servicio Provincial de Presidencia, Economía y Justicia que corresponda.
Una vez presentada y admitida a trámite, se asigna un número de expediente y la resolución final será notificada a las partes para que sean presentadas las alegaciones que se estime pertinentes.