Con la llegada del mes de septiembre y el inicio del curso académico, son muchos los estudiantes y trabajadores que necesitan alquilar una vivienda, lo que se convierte en una ardua tarea.
Cada vez son más frecuentes las posibles estafas y engaños a la hora de alquilar una vivienda, bien a través de internet, por anuncios que figuran en marquesinas de autobús y farolas, o en tablones de anuncios de centros educativos.
Muchas personas que necesitan alquilar utilizan internet para tal fin. Así, en algún foro o página de anuncios encuentran alguna vivienda que resulta ser un auténtico chollo: céntrica, nueva, barata y muy bien equipada, como se puede ver en las fotos que muestran. Como referencia únicamente se facilita una dirección de correo electrónico o teléfono móvil.
La respuesta inmediata es ponerse en contacto con el anunciante para conseguir esa vivienda, que resulta ser un chollo. Cuando se responde mostrando interés por el piso, los falsos propietarios manifiestan que están fuera del país o de la ciudad en ese momento, pero si se desea reservar el piso hay que enviar una cantidad de dinero por adelantado y te lo guardan hasta que regresen, o bien una persona de contacto será la encargada de hacer entrega de las llaves tras el pago.
Piden una señal de uno o dos meses de alquiler por adelantado, y solicitan que el importe se envíe mediante transferencia bancaria, o dinero en efectivo a través de empresas de mensajería.
En este último caso, indican que la empresa de mensajería será la encargada de hacer la entrega de llaves y el contrato tras el pago del dinero.
Después de enviar el dinero, al acudir a la vivienda supuestamente alquilada comprueban que está habitada, que es de otro propietario, es un local o que, simplemente, no existe.
Recomendaciones básicas para evitar fraudes
- No pague ninguna señal por adelantado hasta que vea la vivienda, y exija un justificante de pago.
- Compruebe en el Registro de la Propiedad que el dueño del inmueble es quien dice ser.
- Tómese su tiempo, busque despacio y elija bien las páginas de internet.
- Compare precios entre pisos similares.
- Utilice el sentido común y sospeche de los pisos perfectos con un precio de ganga.
- Evite las páginas de internet o anuncios que sólo facilitan como dato de contacto un teléfono móvil o una dirección de correo electrónico.
- Elija las que tengan una dirección física y haga las comprobaciones pertinentes hasta donde sea posible.
- No realice pagos en efectivo.
- Si Vd. acude a una agencia inmobiliaria, asegúrese que no le están ofertando la venta de un listado de pisos de alquiler. Hay empresas que cobran un importe por vender un listado de pisos de alquiler, que normalmente no está actualizado, y no garantizan que se consiga el piso deseado. Simplemente, venden un listado de pisos. Se ha detectado que, en muchos casos, elaboran ese listado con los carteles que figuran en los portales de las viviendas. El precio por la venta de estos listados ronda los 250-300 €.
- Si alquila directamente a un particular, asegúrese de que es el propietario de la vivienda o que tiene un poder notarial para alquilarla.
- Si alquila a través de una agencia inmobiliaria, pregunte previamente por el importe de sus honorarios profesionales por efectuar la gestión, y si esos gastos van a ser sufragados por el arrendador.
Recomendaciones para la firma del contrato de alquiler
- No pagar ningún importe sin estar seguro de querer alquilar esa vivienda concreta.
- Recuerde que antes de firmar un contrato, puede pedir un borrador al propietario para su estudio antes de la firma.
- Aunque esté de acuerdo con el borrador que le han facilitado, no firme el contrato sin haberlo leído previamente, para comprobar que las condiciones son las mismas.
- Pregunte si los gastos de comunidad están incluidos en el precio del alquiler.
- Pregunte si los suministros de agua, luz y gas están dados de alta.
- Si el contrato de arrendamiento dispone de muebles, es necesario que en el contrato figure un inventario con los muebles, y se recomienda adjuntar en el contrato fotos del inmueble con el mobiliario que recibe.
- El importe de la fianza es de un mes de renta, ya sea la vivienda con o sin muebles.
- El arrendador para asegurarse la solvencia del inquilino puede, adicionalmente a la fianza, exigir aval bancario o firma de persona avalista. Por ello, es conveniente tener un borrador del contrato antes de la firma.
Ante cualquier duda sobre la normativa de arrendamientos urbanos, no dude en ponerse en contacto con UCARAGÓN para que el equipo de la asesoría jurídica le informe sobre la misma.
En nuestra página web www.ucaragon.com puede consultar y descargar de manera gratuita la guía “El acceso a la vivienda” con todos los aspectos a tener en cuenta a la hora de alquilar una vivienda. (Guía redactada para contratos celebrados a partir del día 6 de junio de 2013).
No obstante, no dude en consultar las novedades en materia de alquiler vigentes desde el día 6 de marzo de 2019, que han modificado algunos aspectos importantes.
En nuestro canal de Youtube tenemos un vídeo con consejos a la hora de arrendar una vivienda https://www.youtube.com/watch?v=9-nrMfBX36E