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Las actualizaciones de precios en los arrendamientos de vivienda se realizarán en base a un nuevo índice, el IRAV, que se aplicará a los contratos firmados desde el 24 de mayo de 2023, fecha de aprobación de la Ley por el derecho a la vivienda
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El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha habilitado una calculadora que facilita a las personas interesadas el cálculo de la actualización de cada contrato de alquiler, según la fecha en la que haya sido firmado (antes o después de la aprobación de la ley)
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha habilitado una calculadora para el cálculo de las actualizaciones de precios en los arrendamientos de vivienda. Un cálculo que se realizará en base al IRAV, un nuevo índice que será actualizado todos los meses junto con el IPC, en los contratos firmados después de la aprobación de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
El establecimiento de este nuevo índice viene recogido en la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, cuya disposición final primera establece una serie de medidas de contención de precios en la regulación de los contratos de arrendamiento de vivienda, para lo cual modifica varios artículos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
En concreto, se añade a esta ley una disposición adicional undécima en la que se determina que «el Instituto Nacional de Estadística definirá, antes del 31 de diciembre de 2024, un índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda que se fijará como límite de referencia a los efectos del artículo 18 de esta ley, con el objeto de evitar incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de arrendamiento».
IRAV, un nuevo índice que se actualizará mensualmente
Con el objetivo de dar cumplimiento a dicha ley, el INE definió el Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda (denominado con las siglas, IRAV). El IRAV se define como el valor mínimo entre la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo, la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo subyacente y las tasas de variación anual media ajustada del IPC y del IPC subyacente, medidas como la diferencia entre las tasas de crecimiento anual tanto del Índice de Precios de Consumo como del Índice de Precios de Consumo subyacente de cada mes y un parámetro de referencia que representa la inflación esperada a medio plazo, ajustadas con un coeficiente moderador.
El 2 de enero de 2025 se han publicado en la página web del INE los primeros resultados del índice. A partir de esta primera publicación, el índice se difundirá mensualmente, en las mismas fechas fijadas en el calendario de disponibilidad de las estadísticas para el IPC.
El Ministerio ha habilitado una calculadora del precio del alquiler
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha habilitado un espacio web para ofrecer transparencia en la actualización de la renta máxima que corresponde a los contratos de alquiler, según la legislación vigente.
Seleccionando si el contrato se firmó antes o después del 24 de mayo de 2023 (fecha de aprobación de la ley para la contención de precios de arrendamiento de vivienda), e indicando la cuota de alquiler mensual, se calcula la subida máxima de precios según el IPC o según el IRAV. En el ejemplo, hemos introducido la cantidad de 500€:
- Si se actualiza según el IPC (en contratos celebrados antes del 24 de mayo de 2023), el resultado es de 512€
- Si se actualiza según la fórmula IRAV (en contratos celebrados después del 24 de mayo de 2023), el resultado es de 511€.