• Las medidas del Gobierno de España ante la guerra de Ucrania van en buena dirección, pero resultan insuficientes y excesivamente moderadas

  • En el caso del mercado eléctrico no hay medidas nuevas, únicamente una extensión de las ya tomadas el pasado año, por lo que las personas consumidoras no verán mejoras en sus facturas inmediatas

Foto: https://www.lamoncloa.gob.es/

El plan de choque del Gobierno de España ante la guerra de Ucrania va en buena dirección pero desde la Unión de Consumidores de Aragón lo consideramos insuficiente y débil. En particular, lamentamos que las medidas tomadas para frenar los precios de la energía se reduzcan a la extensión de las tomadas durante el pasado año, en lugar del establecimiento de un precio máximo del Mwh, una medida que consideramos esencial para paliar los efectos de la actual crisis.

El Real Decreto-ley 6/2022, aprobado en el BOE de hoy, de medidas urgentes para paliar las consecuencias económicas y sociales de la Guerra en Ucrania, consideramos que va en buena dirección, pero es claramente insuficiente. Desde UCARAGÓN valoramos que esta situación de subida acelerada de precio que se vive en la actualidad exige acciones más agresivas:

  • En la fijación de precios máximos en los productos energéticos
  • El establecimiento de topes al incremento del precio de los alquileres en un espacio temporal superior a los tres meses

En lo que respecta al mercado eléctrico, las medidas tomadas solamente suponen para las personas consumidoras la continuidad de las medidas ya tomadas el año pasado, cuyo periodo de validez estaba a punto de terminar. Desde UCARAGÓN lamentamos que no se tomen medidas que garanticen la bajada inmediata del mercado regulado, ni se establezcan topes a los precios del mercado libre, por lo que la mayoría de los consumidores domésticos no verán mejoras en sus facturas inmediatas.

En este sentido, valoramos positivamente la ampliación del bono social eléctrico, aunque resulta insuficiente. Y esto es así no solamente por su extensión, sino también porque conviene recordar que este se aplica a los contratos del mercado regulado y en los últimos tiempos ha habido muchos consumidores que han decidido pasar al mercado libre, en la mayoría de los casos sin ser conscientes de que de esta forma no podrían acceder a las ayudas públicas.

Además, desde la Unión de Consumidores de Aragón repetimos la importancia de establecer un precio máximo de 50 euros/Mwh en los mercados regulados de gas natural y electricidad a los consumidores domésticos y comunidades de vecinos. Una reivindicación que ya pusimos sobre la mesa, tanto en los actos reivindicativos con motivo del Día Mundial de los Derechos del Consumidor, como en la movilización que el 23 de marzo de 2022 se realizó a nivel nacional por la contención de los precios y la protección del empleo junto con UGT, CC.OO y asociaciones de vecinos de Aragón.

En lo que respecta a la ayuda de 20 céntimos generalizada en el combustible, valoramos positivamente el hecho de que sea accesible a todos los usuarios y no solo a determinados sectores profesionales. Sin embargo, y como ocurre siempre, este incentivo no va a ir a los bolsillos de los consumidores sino a la cuenta de resultados de las empresas de distribución de carburantes, que se han apresurado a incorporarla a sus precios.

A continuación, detallamos las medidas del Real Decreto 6/2022, de 29 de marzo, que afectan a los consumidores

Limitación de alquileres

La nueva norma contiene una limitación extraordinaria de la actualización anual del alquiler de la vivienda habitual, impidiendo subidas superiores al 2%. Dicha limitación atiende a la necesidad de que la evolución del IPC por la guerra no se traslade al precio del alquiler, y afecta a los alquileres cuya renta deba ser actualizada porque se cumpla la correspondiente anualidad de vigencia dentro del periodo comprendido entre la entrada en vigor de este real decreto-ley y el 30 de junio de 2022 vigente hasta el próximo 30 de junio,

El inquilino tendrá la posibilidad de negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta. En ausencia de pacto, la renta no podrá actualizarse por encima de la variación experimentada por el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), situado actualmente en el 2%.

En el caso de que el arrendador sea un gran tenedor (titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial), el pacto a alcanzar entre propietario e inquilino no podrá suponer un incremento superior a la variación anual del IGC.

Ayudas a familias en combustible repostado

El Real Decreto-ley aprobado promueve una rebaja de 0,20 euros por litro de combustible repostado, entre ellos, gasóleo, gasolina, gas y adblue, desde la entrada en vigor del Real decreto-ley hasta el día 30 de junio de 2022.

Rebajas fiscales en el recibo de la luz

Con el fin de rebajar los precios energéticos y reforzar la protección de los consumidores, se mantienen las rebajas fiscales en el recibo de la luz hasta el 30 de junio de 2022: reducción del IVA al 10%, del Impuesto de la Electricidad al 0,5% y suspensión del impuesto del 7% a la generación eléctrica.

Bono social eléctrico: beneficiará a 1,9 millones de hogares

Además, con el objetivo de proteger a los más vulnerables, los hogares que reciben el bono social eléctrico crecerán en 600.000 familias y beneficiará a 1,9 millones de hogares, al incluir a los perceptores del ingreso mínimo vital. La norma contempla la renovación automática del bono social.

Los descuentos del 60% y el 70% para los consumidores vulnerables y los vulnerables severos se mantendrán hasta el 30 de junio.

Un incremento del 15% del ingreso mínimo vital por tres meses

Los beneficiarios del ingreso mínimo vital tendrán un incremento del 15% en las mensualidades de abril, mayo y junio de 2022. Este incremento también será de aplicación, en los mismos términos, a las solicitudes de esta prestación que hayan sido presentadas a la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto-ley, pero no hayan sido resueltas, así como a aquellas que se presenten con posterioridad, siempre que los efectos de su reconocimiento no sean posteriores a 1 de junio de 2022.

El incremento se efectuará sobre el conjunto de la nómina, es decir, incluyendo el complemento de ayuda a la infancia, vigente desde el 1 de enero y que establece una ayuda de 100 euros por hijo menor de 3 años, 70 euros para menores entre 3 y 6 años y 50 euros por niño menor entre 6 y 18 años, para los hogares que lo perciben.

Además, se incluye un tratamiento especial para las mujeres víctimas de trata, a las que se facilitará el acceso al IMV y la derivación a los recursos asistenciales

Medidas para la garantía de los etiquetados de los alimentos

El Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, también recoge medidas excepcionales sobre el etiquetado de alimentos, como consecuencia de la reducción en el suministro de algunas materias primas provocada por la guerra de Ucrania.

La norma permitirá a las empresas reetiquetar productos cuya composición se haya reformulado mientras la disponibilidad de determinados recursos esté comprometida por razones de aprovisionamiento.

Los operadores podrán, por tanto, utilizar etiquetas o pegatinas adhesivas, impresión por chorro de tinta u otros sistemas equivalentes. El requisito obligatorio es que recojan la información actualizada relativa a los ingredientes que reemplacen a los utilizados anteriormente.

El 17 de marzo se anunciaron medidas excepcionales para facilitar el reetiquetado de los productos afectados por el descenso en las importaciones de aceite de girasol. Se ha reforzado la protección y garantías de seguridad alimentaria de las personas consumidoras en previsión de que, en los siguientes meses, esta circunstancia pueda afectar a otras materias primas.

Así, con la entrada en vigor de esta norma, las empresas alimentarias podrán reetiquetar sus envases previamente fabricados. Además, las compañías tendrán que anular la declaración del ingrediente que haya sido sustituido, tanto en la denominación de venta como en la lista de ingredientes. Asimismo, seguirá siendo obligatorio reportar en todas las etiquetas la presencia de alérgenos.

El objetivo es evitar cualquier información o elemento gráfico que pueda inducir a error a las personas consumidoras sobre la composición real del producto y que los cambios que se produzcan en las etiquetas sean fácilmente visibles y legibles.

Los operadores y minoristas podrán utilizar instrumentos complementarios a la sobreimpresión de las etiquetas (como códigos QR, páginas web o carteles en el establecimiento de venta) para transmitir qué información se ha modificado. Estos medios complementarios en ningún caso sustituirán a la información obligatoria facilitada en el etiquetado.

Los cambios en el etiquetado han sido avalados por la Comisión Europea el pasado 18 de marzo a través de una comunicación a los Estados miembros, en aplicación del Reglamento (UE) 1169/2011, sobre información alimentaria facilitada al consumidor.

 
HÁZTE SOCIO/A
en este enlace:
https://www.ucaragon.com/producto/cuota-socio/
Llámanos al 976 39 76 02 (Zaragoza y Huesca)
o al 628 824 443 (Teruel)
y despejaremos todas tus dudas