Con motivo de las visitas al camposanto por la festividad de Todos los Santos, muchas personas se plantean la posibilidad de suscribir un seguro de decesos, bien por el elevado precio de los sepelios, así como por las gestiones a realizar en momentos tan delicados por la pérdida de un ser querido, y otras ya lo tienen contratado si bien pueden surgirles dudas acerca de las coberturas de su póliza.
Por ello, desde UCARAGÓN queremos informar sobre este tipo de pólizas de seguros, así como facilitar una serie de consejos y recomendaciones.
¿Qué es un seguro de decesos?
Es una póliza que cubre los gastos derivados del entierro del asegurado, así como todos los trámites y gestiones que hay que realizar en el momento del fallecimiento.
El seguro de decesos no es un fondo en el que se acumula el capital que Vd. ha ido pagando durante años, sino que vd. paga una prima anual de un seguro que cubre los gastos de sepelio hasta el límite contratado en la póliza.
¿Quién lo puede contratar?
Toda persona mayor de edad puede contratarlo e incluir en la póliza a quien desee, tenga la edad que tenga, incluso las personas mayores. Sin embargo, hay que tener en cuenta que no todas las personas pagarán lo mismo, ello está en función de su edad y riesgo.
¿Qué ventajas tiene contratar un seguro de decesos?
Las principales son prevenir el gasto económico derivado del propio fallecimiento y evitar que los familiares tengan que asumir dichos gastos funerarios, así como facilitarles los trámites derivados del mismo.
Muchos seguros de decesos tienen como coberturas adicionales el traslado si el asegurado fallece fuera de la localidad donde desea que reposen sus restos, la repatriación en caso de fallecimiento en el extranjero, asistencia en viaje, traslado de un familiar al lugar del fallecimiento, etc.
Desde el momento del fallecimiento, la aseguradora se encarga de una serie de trámites y gestiones derivadas de la defunción (notificación al Registro Civil, baja en padrón municipal, baja en Seguridad Social…)
¿Qué modalidad de seguros de decesos es más recomendable?
Existen diversos tipos de seguros de decesos. La elección del tipo de seguro más recomendable depende, sobre todo, de la edad y circunstancias del asegurado.
Existen diferentes opciones:
- El más popular es el seguro de prima nivelada, en el que la prima se mantiene estable en el tiempo. Sin embargo, a medida que pasa el tiempo puede variar, por ejemplo, por incremento del capital asegurado, que hay que actualizar de vez en cuando para que no se quede desfasado.
Esta modalidad al principio es la más cara, pero a partir de la edad de jubilación resulta más económica que las otras modalidades, ya que se calcula respetando la edad de contratación con la aseguradora.
- Prima natural: es una prima anual renovable en la que el importe de la prima va aumentando con el tiempo y los costes del servicio prestado, que se encarecen. Con esta prima, cuando el asegurado es joven la prima es menor, pero se nota un incremento importante a partir de los 60 años aproximadamente.
- Prima mixta: se trata de una combinación entre la prima nivelada y la prima natural, de modo que durante los primeros años la prima tiene varias subidas hasta que el asegurado cumple determinada edad (normalmente 70 años), en que las subidas son menores.
- Prima seminatural: Es similar a la mixta. La diferencia es la aplicación de actualizaciones en el periodo en el que funciona como natural, de modo que a edades tempranas la prima es reducida y va aumentando con la edad hasta llegar a la estipulada por la propia compañía a partir de la cual la prima se nivela y se vuelve constante.
- Prima única es una modalidad de contratación para obtener cobertura del seguro de por vida y con un pago único. Está dirigido a personas mayores de 65 ó 70 años, que por razón de edad no pueden contratar otro tipo de seguro.
¿Se puede elegir entre inhumación o incineración?
El capital asegurado contempla las dos opciones llegado el momento. Algunas pólizas incluyen nicho o columbario temporal, mientras que otras lo incluyen a perpetuidad, ello depende del tipo de concesiones de uso de cada unidad de enterramiento del municipio donde vayan a reposar los restos.
También hay pólizas que incluyen lápida, flores, esquela, taxi para familiares…
En el momento de la contratación se puede elegir la modalidad que se desee, pero no es necesario. En cualquier caso, los beneficiarios podrán elegir los distintos componentes del servicio, con cargo y con el límite máximo del capital asegurado.
¿Tengo libertad para elegir la funeraria?
Con la póliza de decesos se contrata una prestación de servicios y no la de una compañía en concreto, por lo que se tiene total libertad para elegir la funeraria que prefiera, aunque la aseguradora tenga concertados los servicios con una en concreto.
Por ello, si se contrata una funeraria distinta de la que trabaja con la aseguradora, los herederos legales del fallecido o persona que hubiere designado a tal efecto en su día el tomador-asegurado o, en último extremo, aquellos que acrediten suficientemente haber satisfecho los gastos originados por el fallecimiento, podrán exigir al asegurador que les abone los gastos ocasionados por tal servicio hasta el límite máximo del capital asegurado.
Consejos
- Antes de contratar, solicite presupuesto en varias aseguradoras y funerarias, quizás se lleve la sorpresa de que no le interesa contratar un seguro de decesos. Valore las ventajas e inconvenientes de unas y otras.
- No se precipite a contratar un seguro de decesos antes de cumplir los 40 años. A partir de esa edad, y a una media de 6 euros mensuales, al cumplir los 80 años habrá pagado casi 3.000 euros, cantidad suficiente para tener un entierro digno. Ahora bien, si desea contratar un seguro de este tipo, no lo deje para más adelante, puesto que las aseguradoras no admiten altas una vez alcanzados los 65 ó 70 años, o si las admiten el importe de la prima es muy elevado.
- Compruebe que en la póliza consta el compromiso por parte de la aseguradora de revalorizar anualmente los capitales asegurados. Lea detenidamente la póliza antes de firmarla y pregunte sobre los términos y cláusulas que no entienda.
- Si suscribe un seguro de decesos, informe a sus familiares del número de póliza, la compañía aseguradora y el teléfono de atención (24 h) al que deben de llamar para el caso de fallecimiento. Siempre debe guardarse la copia de la póliza y el último recibo del pago de la prima.
- Si fallece en el hospital o en una residencia y, aunque tenga contratado un seguro de decesos, los familiares pueden elegir la funeraria que más les interese, no la que le indique el personal del hospital o residencia, sino la que el difunto quisiera o prefieran sus familiares. Si no conoce ninguna funeraria, en los hospitales y residencias deberán de facilitarle un listado donde consten todas las funerarias.