• Los conciertos de verano vuelven con fuerza, por eso desde UCARAGÓN queremos dar una serie de consejos para que los disfrutes con toda seguridad

  • Las prácticas comerciales desleales relacionadas con la venta de entradas de conciertos están prohibidas: te enseñamos cuáles son las más frecuentes

Los conciertos, espectáculos y festivales de verano vuelven con fuerza tras dos años marcados por la crisis sanitaria derivada del COVID-19. Desde la Unión de Consumidores de Aragón queremos ofrecer una serie de consejos para que disfrutes de nuevo de estos eventos con toda la seguridad necesaria.

Las prácticas comerciales desleales relacionadas con la compraventa de entradas de conciertos están reguladas. Además, desde el pasado 28 de mayo se han incorporado mayores controles en este sentido, para garantizar nuestros derechos como personas consumidoras.

Novedades con respecto a las prácticas comerciales desleales

El pasado 28 de mayo de 2022 entró en vigor una normativa que busca acabar con la reventa de entradas mediante «bots» (robots digitales) cuando estos impidan que todas las personas consumidoras puedan acceder al mercado con normalidad.

Esta normativa es el Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, que modifica el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.

Según este decreto se considera desleal por engañosa la práctica que consista en la reventa de entradas de espectáculos a los consumidores o usuarios si el empresario las adquirió empleando medios automatizados para sortear cualquier límite impuesto al número de entradas que puede adquirir cada persona o cualquier otra norma aplicable a la compra de entradas.

Garantizar la veracidad de las reseñas y opiniones

Asimismo, otra de las novedades es la ampliación de los derechos de los usuarios en el comercio electrónico. La nueva norma pretende garantizar la veracidad de las reseñas y opiniones que los consumidores y usuarios publican en las páginas web de venta de productos y servicios online.

Por ello, a partir de ahora, las empresas deben indicar si las reseñas que acompañan a sus bienes y servicios son de personas que realmente los han usado o adquirido, además de acompañar una información clara y detallada sobre la manera en que se procesan dichas reseñas.

Con la nueva norma en vigor, el Ministerio de Consumo tiene la facultad para sancionar a las empresas por fraudes masivos y la publicidad encubierta a través de las redes sociales. En concreto se perseguirá la publicación de reseñas y valoraciones falsas o pagadas por el fabricante en los productos a la venta en internet, considerándose una práctica desleal incluir reseñas procedentes de consumidores sin comprobar que han adquirido realmente el bien.

 
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