-
A la hora de comprar entradas para los festivales, es recomendable saber cómo se regula esta venta y conocer los riesgos de salirse de circuitos autorizados
-
Las prácticas comerciales desleales relacionadas con la venta de entradas de conciertos están prohibidas: te enseñamos cuáles son las más frecuentes
Evitar la compra de entradas en webs no autorizadas o entre particulares, para evitar el riesgo de adquirir entradas falsas, son parte de los consejos que desde la Unión de Consumidores de Aragón queremos ofrecer para que disfrutes de los festivales de verano con toda seguridad.
Si vas a adquirir una entrada para algún espectáculo público en general, sobre todo cuando se realiza de manera telemática (a través de internet), hay que extremar las precauciones para evitar los riesgos derivados de saber exactamente dónde se están comprando dichas entradas. Es decir, si se está haciendo en alguno de los establecimientos oficiales de venta, o bien si se está haciendo en una de las múltiples webs de reventa de entradas que existen.
Puede darse la circunstancia de que, por ejemplo, una vez llegues al concierto descubras que la entrada que has adquirido es falsa. Recuerda, además, que la compra de entradas a particulares no está amparada por la normativa de consumo.
Venta de entradas
¿Cómo se regula la venta de entradas?
El Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas recoge toda la información pertinente sobre la reventa de entradas en España.
Esta normativa en su artículo 67.2 prohíbe expresamente la reventa callejera o ambulante, y sostiene que los culpables de llevar a cabo dicha acción deberán renunciar a las entradas, además de recibir una multa. Sin embargo, dado que la norma es de 1982, no hace mención específica a casos de reventa de entradas por internet.
Por tanto, nos encontramos ante un vacío legal que favorece la aparición de numerosas empresas de reventa online de entradas, que actúan como intermediarias entre los particulares que revenden su entrada y los compradores interesados, ya que la reventa de entradas online no está explícitamente prohibida.
Diferencias entre comunidades autónomas
Las comunidades autónomas tienen transferidas las competencias en materia de espectáculos públicos, por lo que hay comunidades que tienen prohibida la reventa de entradas y otras ni siquiera abordan esta cuestión.
La normativa de Galicia es la más avanzada en este sentido, y sí que prohíbe de manera expresa la reventa de entradas en papel o en cualquier medio o soporte electrónico.
La mayoría de las comunidades autónomas prohíben la reventa ambulante, pero no hay mención específica a la reventa a través de soporte electrónico.
Otras comunidades autónomas sí que permiten la venta de entradas comisionada, con la autorización de la entidad organizadora y del órgano competente de la CCAA.
Venta oficial o reventa
Las empresas que se encargan de la venta oficial de entradas, normalmente cobran alguna comisión o gastos de gestión (que debe ser oportunamente informada) a las personas que las compran. Las entradas son vendidas al precio oficial marcado.
Las webs de reventa de entradas, no suelen establecer límite de precio y, por lo tanto, venden las entradas a un precio ostensiblemente superior al autorizado por la promotora del espectáculo. En estas webs suelen aparecer estas frases:
- “Plataforma de intercambio de entradas”
- “Plataforma secundaria de entradas para eventos”
- “Nuestros vendedores y vendedoras establecen los precios de las entradas que ves en nuestra web y, dichos precios, pueden ser mayores o menores que su precio nominal”
Dado que se trata de una plataforma de intermediación, la compraventa de entradas se produce entre particulares, por tanto, no resulta aplicable la normativa de consumo. Además, reclamar a estas plataformas resulta muy complicado, ya que suelen ser empresas ubicadas fuera de la Unión Europea, por tanto, antes de comprar la entrada, consulta las condiciones generales que figuran en la web.
Consejos UCARAGÓN para comprar las entradas de forma segura
- Antes de comprar, infórmate de quién es el organizador y cuáles son los puntos o canales de venta oficiales, cuál es su precio, y si lleva asociados gastos de gestión o comisiones.
- Desconfía de la publicidad que puedas encontrar en anuncios y buscadores de internet, ya que puede conducirte a páginas webs que no son seguras, por ello desconfía de aquellas páginas que presenten errores ortográficos o fallos de diseño, ya que puedes ser víctima de un fraude. Una web segura empieza por “https”.
- Consulta foros o comentarios en internet acerca de la fiabilidad de la página donde vas a adquirir la entrada.
- No compres en páginas no autorizadas de reventa y no compres a particulares (te arriesgas a que cuando llegues al concierto o festival, tu entrada sea falsa o no exista y no puedas acceder al recinto).
- Las webs de reventa suelen utilizar técnicas de posicionamiento en los buscadores más populares que hace que aparezcan en los primeros lugares en la búsqueda. Por lo tanto, no siempre debes confiar en las páginas que aparezcan posicionadas en los primeros lugares de dicha búsqueda.
- Antes de comprar, lee la política de cancelación y devolución de entradas.
- Como norma general en las compras a distancia o fuera de establecimiento mercantil, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin necesidad de justificar su decisión en el plazo de 14 días naturales. Sin embargo, el derecho de desistimiento no se aplica en la compra de entradas para espectáculos o en los contratos de servicios relacionados con actividades de esparcimiento si éstos prevén una fecha o un periodo de ejecución específicos.
- Comprueba las normas, requisitos y horarios para poder acceder al espectáculo antes de efectuar la compra.
- Mira si la empresa se reserva el derecho de modificar las condiciones de la venta, tales como la situación del asiento que habías seleccionado para el espectáculo.
- No compres de manera compulsiva y no te dejes presionar si aparecen mensajes del tipo: “últimas entradas a la venta”, “las entradas se están agotando”… ya que puede tratarse de técnicas comerciales agresivas de una web no autorizada para la venta.
- Fíjate bien en el precio final de la compra antes de efectuar el pago.
- Para los pagos por internet utiliza una tarjeta monedero, que vas recargando con la cantidad exacta de la compra.
- Presta especial atención a la legislación aplicable en caso de discrepancia y a los tribunales a los que deberás acudir si deseas reclamar. Si observas referencias a lugares lejanos, piénsatelo antes de comprar.
- Guarda toda la documentación inherente a la operación de compra efectuada (correos electrónicos, facturas, publicidad, etc.), ya que te servirá como medios de prueba ante posibles reclamaciones.
- Recuerda que la normativa de consumo te ampara si adquieres las entradas a una empresa de venta de entradas, por lo que el sitio web donde se adquieran debe informar claramente de la empresa autorizada para la venta de las mismas. Si compras la entrada a un particular, no te ampara la normativa de consumo. Si compras las entradas a través de una plataforma secundaria o de intercambio de entradas, comprueba las condiciones generales de su web, ya que suelen tener su domicilio fuera de la Unión Europea, por lo que resultará imposible efectuar una reclamación en un país lejano.
Prácticas comerciales desleales
Acabar con la reventa mediante «bots»
El 28 de mayo del pasado año 2022 entró en vigor una normativa que busca acabar con la reventa de entradas mediante «bots» (robots digitales) cuando estos impidan que todas las personas consumidoras puedan acceder al mercado con normalidad.
Según el decreto que regula la Competencia Desleal, se considera desleal por engañosa la práctica que consista en la reventa de entradas de espectáculos a los consumidores o usuarios si el empresario las adquirió empleando medios automatizados para sortear cualquier límite impuesto al número de entradas que puede adquirir cada persona o cualquier otra norma aplicable a la compra de entradas.
Reseñas y opiniones veraces
Asimismo, la modificación también incluye la ampliación de los derechos de los usuarios en el comercio electrónico. La nueva norma pretende garantizar la veracidad de las reseñas y opiniones que los consumidores y usuarios publican en las páginas web de venta de productos y servicios online.
Por ello, a partir de ahora, las empresas deben indicar si las reseñas que acompañan a sus bienes y servicios son de personas que realmente los han usado o adquirido, además de acompañar una información clara y detallada sobre la manera en que se procesan dichas reseñas.
Lucha contra el fraude masivo y la publicidad encubierta a través de redes sociales
Con esa norma, el Ministerio de Consumo tiene la facultad para sancionar a las empresas por fraudes masivos y la publicidad encubierta a través de las redes sociales. En concreto se persigue la publicación de reseñas y valoraciones falsas o pagadas por el fabricante en los productos a la venta en internet, considerándose una práctica desleal incluir reseñas procedentes de consumidores sin comprobar que han adquirido realmente el bien.