• Las prácticas mencionadas en el expediente sancionador pueden llegar a calificarse como infracciones graves, con multas de hasta 100.000 €

  • Desde UCARAGÓN ofrecemos una serie de recomendaciones relacionadas con el alquiler de pisos turísticos en Aragón

La Dirección General de Consumo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha incoado un expediente sancionador a una plataforma de alquiler de pisos turísticos tras advertir a la misma de la necesidad de retirar de forma inminente miles de anuncios sobre pisos turísticos que contenían publicidad ilícita y haber sido mantenidos por la misma. Desde UCARAGÓN lanzamos una serie de recomendaciones relacionadas con el alquiler de pisos turísticos en Aragón.

La investigación del Ministerio de Consumo comenzó el pasado mes de junio de 2024 con un requerimiento de información a diversas plataformas de alquiler de pisos turísticos para obtener información sobre las viviendas anunciadas en sus dominios. A esta petición de información, se sumó un nuevo requerimiento de cese enviado a una de estas plataformas en la que se le instó a retirar “de forma inminente” miles de anuncios de viviendas turísticas alojadas en su dominio que no ofrecían su número de licencia, entre otros posibles incumplimientos del Artículo 47 de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.

Medio año después del inicio de la investigación y tras comprobar que los anuncios no han sido retirados, la Dirección General de Consumo ha incoado expediente sancionador a esta plataforma por no dar solución al problema detectado. Según explican desde el ministerio, las prácticas mencionadas pueden llegar a calificarse como infracciones graves con multas de hasta 100.000€, cantidad que se puede sobrepasar hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido. Asimismo, desde la Dirección General de Consumo se recalca que la apertura de este expediente no prejuzga el resultado final del mismo.

Consejos y recomendaciones de UCARAGÓN

  • La normativa que regula los apartamentos y viviendas de uso turístico en España es competencia de las comunidades autónomas, por tanto, cada comunidad autónoma tienen su propia legislación y requisitos.
  • Se recomienda informarse de la normativa especifica en cada una de las Comunidades autónomas.
  • Si alquila a través de plataformas de alquiler de alojamientos turísticos  compruebe que figura el número de licencia turística para ejercer dicha actividad. Desconfíe si no figura la misma.
  • En Aragón las viviendas de uso turístico  se regulan mediante el DECRETO 1/2023, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de las viviendas de uso turístico en Aragón.
  • Se puede consultar el Registro Viviendas de Uso turístico en Aragón para comprobar que dicha vivienda dispone de la correspondiente licencia  y está inscrita en el registro de actividades turísticas.
  • Los precios de las viviendas de uso turístico son  libres, y deberán ser expresados en sus cuantías máximas y con inclusión de toda carga, tributo o gravamen, así como de los descuentos aplicables en su caso y de los eventuales suplementos o incrementos.
  • Dichos precios deben figurar  en la publicidad antes de efectuar la reserva.
  • Ante cualquier irregularidad que detecte, póngalo en conocimiento del departamento  de turismo de la comunidad autónoma.
  • Las viviendas de uso turístico en Aragón  deberán estar identificadas mediante la colocación en el exterior de las mismas de un pictograma con las siglas “VUT” y el número de signatura correspondiente a su inscripción en el Registro de Turismo de Aragón.

Identificación de las viviendas de uso turístico en Aragón:

 
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